Regl. 6817, art. 10-10.8 dup2
Historiales de Adiestramiento e Informes
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Cite as Reglamento Núm. 6817, Art. 10-10.8 dup2
1. Historial en Expedientes de Empleados
La Comisión Especial Permanente Sobre los Sistemas de Retiro
mantendrá en el expediente de cada empleado, un historial de los
adiestramientos en que éstos participan. El mismo podrá incluir
evidencia de participación, por iniciativa propia, en cualquier
actividad educativa reconocida.
El (la) Director (a) Ejecutivo (a) podrá usar el historial como
fuente de referencia para cualquier acción de personal.
2.
Historiales de Actividades
La Comisión Especial Permanente Sobre los Sistemas de Retiro,
mantendrá historiales de las actividades de adiestramiento
celebradas, evaluaciones de las mismas y de los participantes,
para fines de evaluar su programa de adiestramiento y
desarrollo.
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3. Informes
Anualmente la Comisión Especial Permanente Sobre los Sistemas
de Retiro enviará al Instituto para el Desarrollo de Personal en el
Servicio Público un informe sobre las actividades de
adiestramiento de corta duración, pago de matrÃcula y otras
actividades celebradas durante el año fiscal. El mismo deberá
contener la información necesaria sobre la cantidad y clases de
adiestramientos ofrecidos, los gastos incurridos en
adiestramientos y el número de participantes, para fines de
medición de la actividad global de adiestramiento y desarrollo del
personal en el servicio público.