Regl. 6817, art. 5-5.7 dup2
Asignación de las Clases de Puestos a las Escalas de
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Cite as Reglamento Núm. 6817, Art. 5-5.7 dup2
Retribución
El (la) Director (a) Ejecutivo (a), asignará inicialmente las clases que
integren el Plan de Clasificación de Puestos a las escalas de sueldos contenidas
en el Plan de Retribución vigente, a base principalmente de la jerarquÃa o
posición relativa que se determine para cada clase dentro del Plan de
Clasificación de Puestos. Además, podrá tomar en consideración otras
condiciones, como la dificultad existente en el reclutamiento y retención del
personal para determinadas clases, cualificaciones necesarias para el
desempeño de las funciones, oportunidades de ascensos existentes dentro del
Plan de Clasificación de Puestos, sueldos prevalecientes en otros sectores de la
economÃa para la misma ocupación, condiciones especiales, aspectos relativos
a costo de vida y situación fiscal.
El (la) Director (a) Ejecutivo (a), podrá reasignar cualquier clase de
puesto de una Escala de Retribución a otra de las contenidas en el Plan de
Retribución, cuando la necesidad o eficiencia del servicio asà lo requiera; 0
como resultado de un estudio que realicen con respecto a una clase de puesto,
una serie de clases O un área de trabajo, O por exigencia de una modificación
que se efectúe al Plan de Clasificación de Puestos.
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Efectivo al comienzo de cada año fiscal, el (la) Director (a) Ejecutivo (a)
asignará las clases de puestos comprendidas en el Plan de Clasificación de
Puestos a las escalas contenidas en el Plan de Retribución. Dicho documento
incluirá además, el número de codificación asignado a cada clase.