Regl. 6817, art. 5-5.8 dup2
Clasificación y Reclasificación de Puestos
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Cite as Reglamento Núm. 6817, Art. 5-5.8 dup2
1. Clasificación Puestos de Nueva Creación
Todos los puestos se asignarán formalmente a las clases
correspondientes. No existirá ningún puesto de confianza sin clasificación,
excepto aquellos que conforme a este Reglamento no estén sujetos al Plan de
Clasificación de Puestos. Bajo ninguna circunstancia podrá persona alguna
recibir nombramiento en un puesto de confianza que no haya sido clasificado
previamente, excepto aquellos que no estén sujetos al Plan de Clasificación de
Puestos.
El (la) Director (a) Ejecutivo (a) clasificará los puestos de confianza de
nueva creación autorizados dentro de una de las clases comprendidas en el
plan de clasificación, conforme a las normas y criterios que se establezcan a
estos efectos.
El la)Director (a) Ejecutivo (a) establecerá los procedimientos a
utilizarse en el trámite de la clasificación de los puestos nuevos tomando en
consideración las disposiciones y procedimientos establecidos por la Oficina de
Gerencia y Presupuesto y de otras agencias que se afecten con la transacción.
De igual forma, establecerá los procedimientos a utilizarse en el trámite e
implantación de la reclasificación de los puestos.
La Comisión Especial Permanente Sobre los Sistemas de Retiro, se
abstendrá de formalizar contratos de servicios con personas en su carácter
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individual cuando las condiciones y caracterÃsticas de la relación que se
establezca entre patrono y empleado sean de un puesto. En estos casos se
procederá a la creación del puesto de acuerdo a las disposiciones y
procedimientos establecidos para su clasificación, según se establece en este
Reglamento.
2.
Reclasificación de Puestos
Se justificará reclasificar todo puesto cuando esté presente cualquiera de
las siguientes situaciones:
a.
Clasificación Original Errónea
En esta situación no existe cambio significativo en las funciones
del puesto, pero se obtiene información adicional que permite
corregir una apreciación inicial equivocada.
b.
Modificación al Plan de Clasificación de Puestos
En esta situación no existen necesariamente cambios
significativos en las funciones de los puestos, pero en el proceso
de mantener al dÃa el Plan de Clasificación de Puestos mediante la
consolidación, segregación, alteración, creación y eliminación de
clases, surge la necesidad de cambiar la clasificación de algunos
puestos.
C.
Cambio Sustancial en Deberes, Responsabilidades O Autoridad
Es un cambio deliberado y sustancial en la naturaleza 0 el nivel de
las funciones del puesto, que lo hace subir 0 bajar de jerarquÃa 0
lo ubica en una clase distinta al mismo nivel.
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d. Evolución del Puesto
Es el cambio que tiene lugar con el transcurso del tiempo en los
deberes, autoridad y responsabilidad del puesto que ocasiona una
transformación del puesto original.
El (la) Director (a) Ejecutivo (a), en el uso juicioso de su
discreción determinará si el incumbente de un puesto que sea
reclasificado permanece o no en el puesto.