Regl. 6824, art. 603
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Cite as Reglamento Núm. 6824, Art. 603
(a)
(b)
(c)
(5)
(i)
(ii)
(iii)
Un requisito de que la certificación del cumplimiento incluya lo
siguiente:
(A)
La identificación de cada término o condición del permiso
que sea base para la certificación; y
(B)
El estado de cumplimiento. Cada desviación deberá ser
identificada y tomada en consideración en la certificación
de cumplimiento; y
(C)
Si el cumplimiento fue continuo o intermitente; y
(D)
Los métodos u otros medios utilizados para determinar el
estado de cumplimiento de la fuente con cada término y
condición, al corriente y a través del periodo de informe,
consistente con las secciones (a) (3)- (5) de la Regla 603; y
(E)
Identificar las posibles excepciones al cumplimiento,
cualquier periodo durante el cual cumplimiento es
requerido y en el cual una excursión o excedencia según
definida en el 40 CFR Parte 64 (CAM) haya ocurrido; y
(F)
Tales otros hechos que pueda requerir la Junta para
determinar el estado de cumplimiento de la fuente.
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OFICINA DE LA GOBERNADORA
JUNTA DE CALIDAD AMBIENTAL
TITULO DEL REGLAMENTO:
REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LA
CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA
(Enmienda a la Regla 603 (c)(5)(iii)
FECHA DE APROBACIÓN:
20 DE MAYO DE 2004 (RESOLUCIÓN R-04-15-3)
ESTEBAN MUJICA COTTO
PRESIDENTE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
OFICINA DE LA GOBERNADORA
JUNTA DE CALIDAD AMBIENTAL
A tenor con lo dispuesto en la Ley sobre Política Pública Ambiental (Ley
Núm. 9 de 18 de junio de 1970, según enmendada, 12 L.P.R.A. $1121 et seq) y
de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (Ley
Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada), se aprueba la:
ENMIENDA AL
REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN
ATMOSFÉRICA (RCCA)
Promulgada por la Resolución (R- 04-15-3) de 20 de mayo de 2004
para enmendar la Regla 603 (c) (5) (iii) del reglamento de referencia con el
propósito de atemperar la misma con los requisitos promulgados por la Agencia
federal de Protección Ambiental (EPA, en inglés) en el Título 40 del Código de
Reglamentos Federal Parte 70, según publicado en el Registro Federal del 27
de junio de 2003 (relacionados con el cumplimiento de la certificación anual de
las fuentes afectadas bajo la Parte VI del RCCA.).
En San Juan, Puerto Rico, 24 de mayo de 2004.
Ing. Angel O Berrios Silvestre
Biol. Flor del Valle Lopez
Miembro Asociado
Vice-Presidenta
Lcdo Esteban Mujica Cotto
Presidente