Regl. 6834, art. XV-XX

REASIGNACIÓN DE PROGRAMAS RELACIONADOS

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Cite as Reglamento Núm. 6834, Art. XV-XX

Todos los programas relacionados con la Industria Porcina de Puerto Rico y sus asignaciones presupuestarias correspondientes, serán transferidos por el Secretario de Agricultura de Puerto Rico al Fondo, para el desarrollo de cada industria agropecuaria ordenada, en la medida en que dicho organismo se vaya desarrollando y tenga a juicio del Secretario, la capacidad de administrar los mismos, mediante convenio entre las partes a esos efectos y a tenor con la Ley 238, supra.
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