Regl. 6835, art. 2 dup2
Las pruebas serán administradas no más tarde de 24 horas
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Cite as Reglamento Núm. 6835, Art. 2 dup2
contadas a partir del recibo de las notificaciones por los
candidatos preseleccionados. La negativa de cualquier
candidato a someterse a la prueba 0 un resultado positivo
certificado por el medico revisor contratado por la Agencia a
esos fines, será causa suficiente para denegar el empleo. Se
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considerará como una negativa cuando el candidato no
comparezca el dÃa de la cita, sin razón justificada.