Regl. 6835, art. XX-VI
POLÍTICA PUBLICA
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Cite as Reglamento Núm. 6835, Art. XX-VI
Es política pública del Departamento contribuir a combatir el grave
problema del uso ilegal de sustancias controladas en Puerto Rico, mediante la
implantación de un programa de pruebas para la detección de sustancias
controladas en funcionarios y empleados de esta Agencia, a fin de cumplir con el
mandato establecido en la Ley Núm. 5 de 14 de octubre de 1975, según
enmendada, conocida como "Ley de Personal del Servicio Público", al efecto de
que todos los funcionarios y empleados del Gobierno deberán estar física y
mentalmente capacitados para desempeñar las funciones y los deberes de sus
respectivos puestos, a la vez que se protege la salud y la seguridad de estos
servidores públicos.
Tanto bajo las leyes de Puerto Rico como bajo las leyes de los Estados
Unidos, la elaboración, distribución, posesión O uso ilegal de drogas 0 sustancias
controladas constituyen delitos graves que conllevan penas de reclusión y
multas, las cuales varían según las circunstancias del caso.