Regl. 6836, art. 13
Entrevista Individual
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Cite as Reglamento Núm. 6836, Art. 13
A. Se enmienda el Inciso b del Artículo 13 según se indica:
b.
Durante la entrevista individual se podrá evaluar el desempeño del
candidato en todos o algunos de los siguientes criterios:
1.
Desarrollo Profesional y Destrezas Interpersonales
El evaluador enfatiza la búsqueda de contestaciones concretas
sobre la formación académica, el desarrollo profesional y
personal, la tolerancia al estrés, la sensibilidad organizacional, el
compromiso, el nivel de interés, organización y planificación del
trabajo, la cortesía y la formalidad durante la entrevista.
2.
Liderazgo
El entrevistador busca identificar las características de liderazgo
que posee el candidato bajo consideración, entre otras, la
tenacidad, la delegación, el impacto, la creatividad, la iniciativa
y la motivación.
3.
Cumplimiento con las Normas
Se evalúa si el candidato cumple con las normas establecidas por
la sociedad, la Oficina, la profesión y las divisiones, tales como la
integridad y el cumplimiento con las normas éticas y las leyes.
4.
Servicio al Cliente
Se busca identificar si el candidato tiene el potencial para
desarrollar o mantener relaciones profesionales cordiales con
clientes externos e internos. Si entiende las necesidades, deseos y
factores críticos del éxito del cliente y responde con soluciones
apropiadas y prácticas. Se busca además, identificar la
disponibilidad demostrada para aceptar recomendaciones.
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5.
Trabajo en Equipo
El entrevistador determina la forma en que el candidato
colabora con los demás para lograr objetivos comunes. Si
trabaja para desarrollar o mantener relaciones efectivas con
clientes internos y externos cuya cooperación es importante para
el éxito presente o futuro de la Oficina. Evalúa, entre otras
cosas, si está orientado al trabajo en equipo, su adaptabilidad, su
disposición y sus destrezas de negociación.
6.
Comunicación
Se evalúa la habilidad de comunicar las prioridades de manera
clara y consistente. El evaluador otorga puntuación en este
criterio a través de lo observado durante la entrevista. Entre los
criterios a ser considerados se encuentran la comunicación oral, la
comunicación persuasiva, el lenguaje corporal, el tono de voz. y la
habilidad para escuchar.
B. Se enmienda el Inciso c. del Artículo 13. para que lea de la siguiente manera:
c. La entrevista individual para la clase de Auditor Asistente (Ingreso) la
lleva a cabo un panel de entrevistadores designado por los directores
de divisiones, revisado por el (la) Director(a) de Capital Humano y
aprobado por el Contralor. Este panel está compuesto por no menos
de tres (3) miembros. Uno de los miembros del panel actúa como
moderador y es responsable de que la entrevista se realice conforme al
procedimiento establecido administrativamente. Para las demás clases
de puestos de la Oficina se llevan a cabo entrevistas de empleo por uno
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o más ejecutivos o personal designado por el Contralor relacionados a
la supervisión y administración del puesto que se desea reclutar.
C. Se enmienda el Inciso f. del Artículo 13. para que lea de la siguiente manera:
f.
Cada criterio será evaluado por los entrevistadores conforme a la
siguiente escala:
1. Excelente Sobrepasa las expectativas de la
competencia. La puntuación otorgada en
esta escala es de tres (3) puntos.
2. Aceptable Cumple con las expectativas de la
competencia. La puntuación otorgada en
esta escala es de dos (2) puntos.
3. No aceptable No cumple con las expectativas de la
competencia. No se otorga puntuación.
D. Se enmienda el Inciso j. del Artículo 13. para que lea de la siguiente manera:
j.
El (La) Director(a) de Capital Humano determina el modo de
utilizar la nota obtenida por el candidato en la entrevista individual
para establecer el orden en que los candidatos serán seleccionados
para el empleo.
E. Se enmienda el Inciso m. del Artículo 13. para que lea de la siguiente
manera:
m.
Los candidatos pueden solicitar por escrito la revisión de su nota o
de su inelegibilidad dentro de los treinta (30) días siguientes a la
fecha del matasellos del correo de la notificación. Cualquier error
en la nota adjudicada será corregido, pero dicha corrección no
invalidará ningún nombramiento ya efectuado.
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F. Se enmienda el Inciso p. del Artículo 13. para que lea de la siguiente manera:
p.
Todo proceso de entrevista individual, incluyendo los documentos
de evaluación preparados por los entrevistadores, será de
naturaleza confidencial. Cualquier violación a la confidencialidad
de este proceso puede ser considerada como una infracción a las
normas de conductas establecidas en el Reglamento Núm. 10,
Reglamento para la Administración del Capital Humano de la
Oficina.