Regl. 6837, art. III
Reglamento general de Seguros AgrÃcolas
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Cite as Reglamento Núm. 6837, Art. III
Radicación de Solicitudes
A.
Toda persona interesada en asegurar sus plantaciones, cosechas,
animales, aves, estructuras y equipo para uso agrÃcola, y cualquier otra
utilidad para la cual haya protección disponible, conforme al Programa
de Seguros AgrÃcolas de la Corporación en vigencia, deberá radicar
una solicitud para seguro con estos propósitos debidamente
cumplimentada y firmada, incluyendo el pago total de la prima
mediante cheque, giro 0 cesión de créditos aprobadas.
B.
Deberá hacerse una solicitud para cada una de las fincas cuyas
cosechas y/o plantaciones deseen asegurarse, a menos que las fincas
colinden entre sÃ. A solicitud del agricultor, podrán permitirse seguros
individuales por plantación 0 plantaciones, y sus cosechas, en una
misma finca, siempre y cuando la plantación o plantaciones a cubrirse
por cada seguro sean de fácil identificación por linderos tales como
carreteras, caminos públicos, rÃos y quebradas. En todo caso la
plantación O plantaciones, una vez identificadas la cabida de cada
predio asegurado, debe tener una superficie de una cuerda O más,
luego de haberse descontado las áreas ocupadas por estructuras,
caminos, quebradas y estacionamientos, entre otros; salvo que las
disposiciones especificas de la póliza indiquen lo contrario.
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C.
En estructuras, deberá hacerse una solicitud para cada unidad que se
desee asegurar, ofreciendo todos los detalles que la Corporación
requiera a tales efectos. En los casos en que una misma solicitud
contenga más de una estructura, deberá describirse cada una de las
mismas e identificarse mediante un croquis o plano.
D.
Con referencia al equipo a asegurarse, el asegurado deberá enumerar
en la solicitud cada pieza, ofrecer su descripción, e indicar el sitio O el
lugar donde se encuentra en la finca o en la estructura.
E.
El solicitante podrá ser dueño, co-dueño, administrador con autoridad
para contratar, administrador judicial, albacea, usufructuario,
arrendatario, mandatario 0 cualquier persona que posea legalmente la
finca, y tenga algún interés asegurable sobre la plantación, cosecha,
animales, estructuras y equipo, o embarcación de pesca comercial y su
equipo, a asegurarse. El solicitante evidenciará por escrito su
titularidad 0 su contrato de arrendamiento o su autorización o su interés
en el objeto asegurado.
F.
El solicitante podrá proteger los intereses de su acreedor refaccionista
expresando asà la cantidad en su solicitud, para que el seguro, sea
tanto en su beneficio como en el de dicho acreedor refaccionista.
G.
Previo a la aprobación de la solicitud o en cualquier momento posterior
La Corporación podrá enviar un inspector de su oficina, o privado, a
verificar los datos que aparecen en la misma. La Corporación hará los
ajustes correspondientes O ajustará la cubierta de la póliza después de
expedida a tenor con los hallazgos de las inspecciones, mediante el
endoso correspondiente.
H.
En el caso de solicitud del seguro de huracán, tan pronto se emita la
información oficial por la Oficina del Servicio Nacional de MeteorologÃa
de los Estados Unidos en Puerto Rico referente a la existencia de
algún huracán dentro del cuadrante que comprende las latitudes once
(11) y veintidós (22) grados Norte y longitudes cincuenta y cinco (55) y
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sesenta y nueve (69) grados Oeste, la Corporación continuará el recibo
de solicitudes, pero las mismas no aplicarán al huracán que haya
entrado en las coordenadas antes señaladas.
I.
En caso de solicitud para inundación tan pronto el Servicio Nacional de
MeteorologÃa de los Estados Unidos en Puerto Rico emita información
oficial sobre la existencia de un huracán, tormenta tropical, vaguada,
depresión tropical O frente de frÃo dentro del cuadrante que comprende
las latitudes once (11) y veintidós (22) grados Norte y longitudes
cincuenta y cinco (55) y sesenta y nueve (69) grados Oeste, la
Corporación continuará el recibo de solicitudes, pero las mismas no
aplicarán al fenómeno atmosférico que haya entrado en las
coordenadas antes señaladas.