Regl. 6837, art. XXV

Reglamento general de Seguros Agrícolas

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Cite as Reglamento Núm. 6837, Art. XXV

Disposiciones Generales, Específicas y Aplicabilidad Serán de aplicación también a los seguros que mediante este Reglamento se establecen, en aquellas disposiciones generales y aquellas disposiciones específicas que establezca la Corporación de Seguros Agrícolas de Puerto Rico, en las pólizas para cada seguro, y las requeridas por las compañías reaseguradotas. Todos los seguros ofrecidos por la Corporación se regirán, además, por la Ley y este Reglamento.
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