Regl. 6838, art. 3.02 dup2
NOTIFICACIÓN DE CONFERENCIAS 0 VISTAS
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Cite as Reglamento Núm. 6838, Art. 3.02 dup2
La notificación para la celebración de Conferencias con Antelación a la Vista y Vistas
Administrativas se hará por escrito al apelante, a su abogado, si lo tuviere y al
Administrador. Dicha notificación deberá contener además, lo siguiente:
A. Fecha, hora y lugar en que se celebrará la vista O conferencia
B. Naturaleza y propósitos
Reglamento Adjudicativo
Página
de la Junta de SÃndicos
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C. Advertencia de que las partes podrán comparecer asistidas de abogado, mas no
estarán obligadas a estar asà representadas
D. Cita de la autoridad legal O reglamentaria para su celebración
E. Apercibimiento y advertencia, según aplique, sobre:
1. Medidas que podrán tomarse en caso de incomparecencia
2. El señalamiento no podrá ser suspendido, salvo en situaciones excepcionales
y meritorias
3. El término en que deberá solicitar la citación de testigos
F. Aviso de la disponibilidad de estas Reglas