Regl. 6838, art. 5.02 dup2

EXPEDIENTE OFICIAL

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Cite as Reglamento Núm. 6838, Art. 5.02 dup2

La Junta establecerá en su Oficina y Secretaría un archivo de los expedientes de los casos adjudicativos. Se mantendrá un expediente de cada procedimiento llevado a cabo de conformidad al proceso establecido en este Reglamento que deberá incluir, pero sin limitarse, lo siguiente: A. Escrito de apelación y la contestación de la Administración. B. Notificaciones de todos los procedimientos. C. Cualquier orden 0 determinación parcial dictada antes de la vista. Reglamento Adjudicativo Página 17/20 de la Junta de Síndicos D. Cualquier moción, alegación, petición O requerimiento. E. Evidencia recibida 0 considerada por la Administración O la Junta para la solución del caso. F. Una relación de todas las materias de las que se tomó conocimiento oficial. G. Ofrecimiento de prueba, objeciones y determinaciones sobre las mismas. H. Propuestas de determinaciones de hecho y conclusiones de derecho, órdenes solicitadas, si aplica. I. El informe preparado por el funcionario que presidió la vista, junto a cualquier transcripción de todo O parte de la vista considerada antes de la disposición final del procedimiento. J. Cualquier orden O resolución final O en reconsideración.
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