Regl. 6839, art. 3.00-10.00
Relocalización Temporera de Participantes
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Cite as Reglamento Núm. 6839, Art. 3.00-10.00
El Fideicomiso podrá autorizar desembolsos al Departamento para sufragar
los costos asociados con la relocalización temporera de los Participantes mientras
se construye la nueva vivienda. Igualmente podrá el Departamento utilizar su
Reglamento de Realojo para asistir a personas desplazadas de las Comunidades
Especiales a obtener una nueva vivienda.