Regl. 6839, art. 3.00-13.01

Delegación de Tareas de Financiamiento

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Cite as Reglamento Núm. 6839, Art. 3.00-13.01

El Fideicomiso podrá encargar al Departamento, a sus agencias adscritas o a los municipios participantes la responsabilidad de cualificar los participantes y preparar el expediente del caso. Igualmente podrán contratar a la Entidad Financiera O los abogados(as) notarios(as) que otorguen los instrumentos legales que reflejen la deuda del participante con el Fideicomiso y los términos de la misma. La Entidad Financiera 0 los abogados(as) notarios(as) también serán responsable de presentar para inscripción los gravámenes hipotecarios cuando éstos existan en los casos de rehabilitación mayor y en todos los casos de nueva vivienda. Una vez otorgados y presentados en el Registro de la Propiedad (si aplica) se enviarán los expedientes al Fideicomiso. La agencia O municipio encargado mantendrá copia.
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