Regl. 6839, art. 3.00-7.04

Financiamiento para Casos de Rehabilitación Mayor cuando

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Cite as Reglamento Núm. 6839, Art. 3.00-7.04

Sucesión es Dueña de la Vivienda El heredero/tendrá que: 1) Presentar Declaratoria de Herederos O testamento; y 2) Otorgar declaración jurada por todos los miembros de la Sucesión autorizando los préstamos del Fideicomiso y aceptando todas sus condiciones incluyendo comparecer a la autorización de las escrituras de constitución de hipotecas; y 3) Cumplir con todos los requisitos del Artículos 7.01 y 7.02 de este Reglamento. Esta obligación será evidenciada mediante pagaré el cual se inscribirá en el Registro de la Propiedad siempre que haya un título inscribible. El participante o titular no podrá oponerse a este requisito.
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