Regl. 6839, art. 3.00-7.04
Financiamiento para Casos de Rehabilitación Mayor cuando
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Cite as Reglamento Núm. 6839, Art. 3.00-7.04
Sucesión es Dueña de la Vivienda
El heredero/tendrá que:
1) Presentar Declaratoria de Herederos O testamento; y
2) Otorgar declaración jurada por todos los miembros de la Sucesión
autorizando los préstamos del Fideicomiso y aceptando todas sus
condiciones incluyendo comparecer a la autorización de las escrituras de
constitución de hipotecas; y
3) Cumplir con todos los requisitos del Artículos 7.01 y 7.02 de este
Reglamento.
Esta obligación será evidenciada mediante pagaré el cual se inscribirá en el
Registro de la Propiedad siempre que haya un título inscribible. El participante o
titular no podrá oponerse a este requisito.