Regl. 6839, art. 3.00-7.05
Rehabilitación Menor para Casos donde el Participante es un
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Cite as Reglamento Núm. 6839, Art. 3.00-7.05
Precarista
El Precarista tendrá que:
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1) Obtener autorización del dueño de la propiedad autorizando la imposición.
de las condiciones restrictivas a la unidad de vivienda a rehabilitarse; y
2) Asumir en su carácter personal cualquier incumplimiento con las
condiciones del préstamo que otorgue el Fideicomiso; y
3) Cumplir con todos los requisitos del Artículo 7.01 de este Reglamento.