Regl. 6839, art. 3.00-7.06

Rehabilitación Mayor para Casos donde el Participante es un

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Cite as Reglamento Núm. 6839, Art. 3.00-7.06

Precarista El Precarista tendrá que: 1) Obtener declaración jurada del titular de la vivienda autorizando los préstamos del Fideicomiso y aceptando sus condiciones incluyendo comparecer a la autorización de las escrituras de constitución de hipotecas; y 2) Asumir en su carácter personal cualquier incumplimiento con las condiciones del préstamo que otorgue el Fideicomiso; y 3) Cumplir con todos los requisitos de los Artículos 7.01 y 7.02 de este Reglamento. Esta obligación será evidenciada mediante pagaré el cual se inscribirá en el Registro de la Propiedad siempre que haya un título inscribible. El participante o titular no podrá oponerse a este requisito.
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