Regl. 6839, art. 3.00-7.06
Rehabilitación Mayor para Casos donde el Participante es un
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Cite as Reglamento Núm. 6839, Art. 3.00-7.06
Precarista
El Precarista tendrá que:
1) Obtener declaración jurada del titular de la vivienda autorizando los
préstamos del Fideicomiso y aceptando sus condiciones incluyendo
comparecer a la autorización de las escrituras de constitución de hipotecas; y
2) Asumir en su carácter personal cualquier incumplimiento con las
condiciones del préstamo que otorgue el Fideicomiso; y
3) Cumplir con todos los requisitos de los Artículos 7.01 y 7.02 de este
Reglamento.
Esta obligación será evidenciada mediante pagaré el cual se inscribirá en el
Registro de la Propiedad siempre que haya un título inscribible. El participante o
titular no podrá oponerse a este requisito.