Regl. 683, art. XVI-4

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Cite as Reglamento Núm. 683, Art. XVI-4

(a) De acuerdo con estas normas un anuncio incluirá: 1. Todo material impreso y publicado y literatura descriptiva, aseveraciones, ilustraciones o dibujos de un asegurador usados en periódicos, revistas, radio, televisión, tablones de edictos tablones de anuncios desplegados en vías públicas, solares, edificios y otros despliegues similares sean éstos publicados por, O, a nombre de un asegurador, agente general, agente, corredor, solicitador, o ajustador. (b) Pólizas De acuerdo con estas normas incluirá cualquier póliza, plan, certificado, contrato, acuerdo, endoso, aditamento o cualquier otro documento que evidencie cubierta de seguros.
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