Regl. 2705, art. 4
Planes de Expansión
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Cite as Reglamento Núm. 2705, Art. 4
Todas las cooperativas de Puerto Rico vendrán obligadas a notificar al Administrador sus planes de expansión y desarrollo en el establecimiento de nuevas unidades
de servicio, incluyendo especificamente el sitio exacto donde estarán ubicadas dichas
unidades. Asimismo los grupos en proceso de organización notificarán sus planes de
establecer sus operaciones, indicando también la dirección exacta en que se proponen
radicar la cooperativa.