Regl. 6849, art. 15-15.5
NOTIFICACION AL SOLICITANTE
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Cite as Reglamento Núm. 6849, Art. 15-15.5
1. Se notificará por escrito al (la) empleado (a) la acción tomada en el caso de su solicitud
de reingreso. En los casos de empleados (as) cesanteados (as) se les informará por
escrito sobre el reingreso efectuado.
2. AI rechazar una solicitud de reingreso, el (la) Coordinador(a) General informará al (la)
empleado (a), en su notificación, la causa o causas en que se fundamente la acción y el
(la) empleado (a) podrá solicitar una reconsideración de esta decisión dentro del término
de diez (10) días a partir de la fecha de la notificación. Si la decisión es confirmada, el
(la) empleado (a) podrá apelar ante el Oficial Examinador designado dentro del término
de treinta (30) días a partir de la notificación de la decisión.