Regl. 6849, art. 9-9.7 dup2
SEPARACIONES DURANTE EL PERIODO PROBATORIO
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Cite as Reglamento Núm. 6849, Art. 9-9.7 dup2
Se podrá separar de su puesto a cualquier empleado(a) de carrera durante el período probatorio
cuando se considere que sus servicios, hábitos O actitudes no justifican concederle un
nombramiento regular. Si la separación fuera debida a los hábitos o actitudes del (la) empleado(a),
se podrá proceder a su separación del servicio mediante el procedimiento de investigación.