Regl. 6853, art. 2.1
Ingresos Máximos Permitidos
Cite as Reglamento Núm. 6853, Art. 2.1
Este criterio será aplicable a todas las Unidades Familiares. Si el ingreso
bruto máximo permitido excede el por ciento de ingreso anual de lÃmite
establecido se declarará que la Unidad Familiar posee los recursos
económicos para el pago total de la factura. Serán considerados todos los
ingresos brutos devengados por el solicitante y los miembros de su Unidad
Familiar.