Regl. 6856, art. 4
DECLARACIÓN DE POLÍTICA PÚBLICA
Cite as Reglamento NĂşm. 6856, Art. 4
Es polĂtica pĂşblica de la Autoridad reclutar y mantener en servicio activo a
aquellos empleados O funcionarios que además de poseer los conocimientos y
destrezas necesarias para ocupar un puesto, estĂ©n aptos fĂsica y mentalmente
para la efectiva realizaciĂłn de las tareas asignadas.
Es de conocimiento general que las personas que hacen USO habitual de
sustancias controladas tienden a sufrir menoscabo en sus destrezas mentales y
motoras, lo que resulta en detrimento de su rendimiento laboral, entre otros, y
puede propiciar accidentes en el trabajo perjudicial a sĂ mismos y a otros
compañeros.
El Programa para la DetecciĂłn de Sustancias Controladas que se establece
mediante este Reglamento cumple tal fin. Permite reclutar a los más aptos,
fĂsica, mental, tĂ©cnica profesionalmente, a la vez que permite identificar
empleados con problemas de dependencia a sustancias controladas y facilita
su rehabilitaciĂłn.