Regl. 6857, art. 11-11.3

Toda querella para la que se haya producido una determinación

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Cite as Reglamento Núm. 6857, Art. 11-11.3

inicial favorable a la parte querellante, será investigada. a. La determinación de si existe o no causa suficiente para creer que, a base de las alegaciones, se trata de hostigamiento sexual en el empleo estará basada en una investigación de la totalidad de las circunstancias. b. El que el hostigamiento sexual haya cesado no será base para no proceder con la investigación. 11 C. El hecho de que la parte querellante accediera a alegadas insinuaciones e invitaciones no será causa suficiente para que no se proceda con la investigación.
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