Regl. 6857, art. 11-11.3
Toda querella para la que se haya producido una determinación
Cite as Reglamento Núm. 6857, Art. 11-11.3
inicial favorable a la parte querellante, será investigada.
a. La determinación de si existe o no causa suficiente para creer que, a
base de las alegaciones, se trata de hostigamiento sexual en el
empleo estará basada en una investigación de la totalidad de las
circunstancias.
b. El que el hostigamiento sexual haya cesado no será base para no
proceder con la investigación.
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C. El hecho de que la parte querellante accediera a alegadas
insinuaciones e invitaciones no será causa suficiente para que no se
proceda con la investigación.