Regl. 6857, art. 7-7.3
Se le informará a la parte querellante sobre sus derechos y los
Cite as Reglamento Núm. 6857, Art. 7-7.3
remedios disponibles bajo las leyes y reglamentos aplicables. Se le informará
además sobre el procedimiento de querella, los términos y etapas del mismo y
sobre la existencia y funciones del Coordinador O Coordinadora de Casos de
Hostigamiento Sexual en el Empleo. Se le referirá al Coordinador O
Coordinadora en el Área de Hostigamiento Sexual.