Regl. 6857, art. 8-8.1
La persona que reciba la querella la someterĂ¡ en un informe
Cite as Reglamento NĂºm. 6857, Art. 8-8.1
escrito con carĂ¡cter confidencial a la Coordinador O Coordinadora de Casos
de Hostigamiento Sexual. De haberse presentado la querella por escrito, se
harĂ¡ formar parte del informe con cualquier otro documento que haya
sometido la persona querellante.