Regl. 6859, art. 10-10.8

Adiestramientos de Corta Duración

Length: 220 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6859, Art. 10-10.8

1. Los adiestramientos de corta duración dirigidos a satisfacer necesidades de la Corporación se realizarán a través de la Oficina de Recursos Humanos. 2. Los adiestramientos de corta duración se concederán a los empleados por un término no mayor de seis (6) meses con el propósito de recibir adiestramiento práctico o realizar estudios académicos que les preparen para el mejor desempeño de las funciones correspondientes a sus puestos. Las asambleas y convenciones podrán considerarse una actividad de adiestramiento, previa la evaluación del programa y determinación de que, por su contenido educativo del 50% O más de duración, puede considerarse una actividad de adiestramiento. 3. Cuando un empleado se le autorice un adiestramiento de corta duración, se le concederá licencia con sueldo. 68 Además se le autorizará el pago de dietas, gastos de viaje y cuando fuera necesario cualquier otro gasto. 4. El Presidente podrá autorizar a los empleados a realizar viajes al exterior con el fin de participar en actividades de adiestramientos con sujeción a las normas y trámites que rigen los viajes al exterior. Dentro del término de quince (15) días a partir de su regreso del centro de adiestramiento, el empleado someterá, al Presidente un informe narrativo sobre sus experiencias en el adiestramiento. Someterá, además un informe detallado sobre los gastos en que incurrió con la evidencia correspondiente.
Regl. 6859, art. 10-10.8: Adiestramientos de Corta Duración | Justis AI