Regl. 6859, art. 11-11.1

Seguridad en el Empleo

Length: 290 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6859, Art. 11-11.1

Los empleados de carrera con status regular en la Corporación se mantendrán en sus puestos siempre que satisfagan los criterios de productividad, eficiencia, orden y disciplina que deben prevalecer en el Servicio Público. Se establecerán los referidos criterios a base de entre otros factores, los siguientes deberes y obligaciones de los empleados: 1. Asistir regular y puntualmente al trabajo y cumplir con la jornada de trabajo establecida. 2. Observar normas de comportamiento correcto, cortés y respetuoso en sus relaciones con sus supervisores, compañeros de trabajo y ciudadanos. 74 3. Realizar con eficiencia y diligencia las funciones y tareas asignadas a sus puestos y otras compatibles con éstas que se le asignen. 4. Cumplir con las órdenes e instrucciones de sus supervisores, compatibles con la autoridad delegada en éstos y con las funciones y objetivos de la Corporación. 5. Mantener la confidencialidad de aquellos asuntos relacionados con su trabajo. 6. Realizar tareas durante horas no laborables cuando la necesidad del servicio así lo exija y previa la notificación correspondiente con antelación razonable. 7. Vigilar conservar y salvaguardar documentos, bienes e intereses públicos que estén bajo su custodia. 8. Cumplir con las disposiciones de la Ley Núm. 12 del 24 de Julio de 1985, específicamente lo dispuesto en el Capítulo III, Código de Ética para los Funcionarios y Empleados de la Rama Ejecutiva. 9. Cumplir con sus obligaciones contributivas con el Departamento de Hacienda. 10. Cumplir con su responsabilidad alimentaria, si alguna, según la Ley de la Administración para el Sustento de Menores. 75 11. Cumplir con las disposiciones de la Ley que crea la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, Ley Núm. 216 de 12 de septiembre de 1996, y con las órdenes y reglas que rigen su implantación.
Regl. 6859, art. 11-11.1: Seguridad en el Empleo | Justis AI