Regl. 6859, art. 8-8.1 dup2
Condiciones Generales para Ingreso al Servicio
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Cite as Reglamento Núm. 6859, Art. 8-8.1 dup2
Público
Se establecen las siguientes condiciones generales para ingreso al
servicio público en la Corporación de Puerto Rico para la Difusión
Pública:
1. estar física y mentalmente capacitado para desempeñar
las funciones esenciales del puesto;
2. ser ciudadano de los Estados Unidos O extranjero
autorizado a trabajar en los Estados Unidos;
3. estar al día en su responsabilidad alimentaria;
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4. evidencia al momento de la solicitud de empleo, que se
ha rendido planilla de contribución sobre ingresos
durante los cuatro (4) años previo a la solicitud, si
estaba obligado a rendir la misma;
5. no hacer uso ilegal de sustancias controladas;
6. no ser adicto al uso de bebidas alcohólicas;
7. no haber incurrido en conducta deshonrosa;
8. no haber sido destituido del servicio público
9. no haber sido convicto por delito grave O por
cualquier otro delito que implique depravación moral;
10. no haber sometido O intentado someter información
falsa O engañosa en las solicitudes de examen O
empleo.
Las últimas seis (6) condiciones no aplicarán cuando el
candidato haya sido habilitado para el Servicio Público por el
Administrador de la Oficina Central de Asesoramiento Laboral y
de Administración de Recursos Humanos.
Como requisito esencial al proceso de reclutamiento los
candidatos seleccionados se someterán a una prueba para
detectar sustancias controladas.