Regl. 6859, art. 8-8.3 dup2
Procesamiento de Solicitudes
Length: 263 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6859, Art. 8-8.3 dup2
Las solicitudes recibidas como resultado de la publicación de las
Normas de Reclutamiento y Convocatoria a Examen se revisarán para
determinar las que deben ser aceptadas O rechazadas.
26
Se rechazarán solicitudes por cualquiera de las siguientes causas:
1. radicación tardÃa
2. no reunir los requisitos mÃnimos establecidos para
desempeñar el puesto;
2. no ser ciudadano de los Estados Unidos O extranjero
autorizado a trabajar en los Estados Unidos;
3. no estar al dÃa en su responsabilidad alimentaria;
4.
no someter evidencia de que se ha rendido planilla de
contribución sobre ingresos durante los cuatro (4)
años previo a la solicitud, si estaba obligado a
rendir la misma;
5. tener conocimiento formal de que el solicitante:
a. ha incurrido en conducta deshonrosa;
b. ha sido convicto por delito grave O por
cualquier delito que implique depravación
moral;
C. ha sido destituido del servicio público.
d. es adicto al uso habitual y excesivo de
sustancias controladas O bebidas alcohólicas;
e. ha realizado O intentado realizar engaño O
fraude en la información sometida en la
solicitud.
27
Las causales enumeradas en los apartados (a) a la (d) del inciso
tres (5) que antecede se usarán para rechazar solicitudes
solamente en los casos en que la persona no ha sido habilitada
para competir por puestos en el servicio público.
Se notificará por escrito, en sobre sellado, a la persona cuya
solicitud sea rechazada, informándole la causa del rechazo y su
derecho de solicitar revisión de la acción tomada dentro del
término de diez (10) dÃas contados a partir de la fecha de recibo
de la notificación.