Regl. 6861, art. IX dup2
Enmienda al Reglamento 6732 para la Venta de Propiedades Inmuebles de la Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario aprobado el 3 de diciembre de 2003. No incluido en el índice bajo Ley 149 de 12 dic, 2005
Cite as Reglamento Núm. 6861, Art. IX dup2
TRÁMITE PARA LA VENTA DE PROPIEDAD
INMUEBLE DISPONIBLE MEDIANTE LA SOLICITUD
DE COMPRA DIRECTA
A.
Toda solicitud de Compra Directa de propiedad inmueble se iniciará luego de recibir una
comunicación escrita a tales efectos por parte de la persona o entidad interesada en la compra.
B.
En estos casos para la venta o disposición de la propiedad inmueble, se seguirá lo dispuesto en el
Artículo XI-A de este Reglamento.
C.
La persona o entidad interesada deberá cumplir con lo requerido en el Artículo XI-D, de este
Reglamento.
D.
El proponente, además del precio de compraventa, pagará los gastos por expedición de la copia
certificada de la escritura de compraventa y la inscripción en el Registro de la Propiedad.