Regl. 6861, art. I dup2
Enmienda al Reglamento 6732 para la Venta de Propiedades Inmuebles de la Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario aprobado el 3 de diciembre de 2003. No incluido en el Ãndice bajo Ley 149 de 12 dic, 2005
Cite as Reglamento Núm. 6861, Art. I dup2
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los inmuebles de la Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario ("ASDA"), son parte de
sus activos de capital y su funcionamiento. Es por esto, que la enajenación o disposición de los mismos
se llevará a cabo en aquellos casos en que el Administrador de ASDA determine que la disposición de
ellos resultará en beneficio para los propósitos que fue creada.