Regl. 6861, art. V
APLICABILIDAD
Cite as Reglamento Núm. 6861, Art. V
Las disposiciones de este Reglamento son aplicables a las ventas de propiedad inmueble de ASDA, asÃ
como de toda propiedad mueble que esté relacionada o incorporada fisicamente al inmueble cuya
compra se está gestionando.