Regl. 6861, art. XIV dup2
ANULACIÓN DEL PROCESO DE VENTA
Cite as Reglamento Núm. 6861, Art. XIV dup2
Si la persona a quien se le adjudicó la venta no entrega el depósito en el tiempo provisto, el
Administrador podrá anular el procedimiento de venta. ASDA se reserva el derecho a no
devolver el dinero entregado como depósito. ASDA retendrá el depósito si la persona a quien
se le adjudicó la venta cancela la transacción durante el período de trámite por razones no
atribuibles a culpa o negligencia de ASDA, o no se presenta a otorgar la escritura de
compraventa y pagar el balance del precio de venta.