Regl. 6869, art. XXIV
INFORME ANUAL
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Cite as Reglamento Núm. 6869, Art. XXIV
El Director, en consenso con el Comité de Desarrollo Económico Agrícola,
someterá al Secretario de Agricultura, un informe de sus actividades durante el año
fiscal anterior, incluyendo información, datos y recomendaciones relacionadas con los
asuntos tratados bajo la Ley 225 del 1 de diciembre de 1995, según enmendada
mediante la Ley 35 del 30 de abril de 1996, la Ley 8 del 8 abril de 1997 y la Ley 118 del
21 de mayo de 2004, y este Reglamento.