Regl. 6870, art. 10-10.2 dup2

PLANES DE ADIESTRAMIENTO, CAPACITACIÓN Y

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DESARROLLO 1. Inventario de Necesidades Anualmente la Oficina hará un inventario de las necesidades de adiestramiento y desarrollo de sus Recursos Humanos. El inventario de necesidades servirá de base al plan de adiestramiento, capacitación y desarrollo de personal. 2. Plan de Adiestramiento Se preparará anualmente un plan de adiestramiento, capacitación y desarrollo del personal de la Oficina. 14 El plan deberá incluir el uso adecuado de medios de adiestramientos, tales como becas, licencias con 0 sin sueldo para estudios, seminarios o cursos de corta duración, matrícula, pasantías e intercambios de personal en Puerto Rico o en el exterior. Incluirá, además, estimados de costo de las actividades programadas. AI preparar el plan se tomarán en consideración los siguientes factores: A. las prioridades programáticas de la oficina y la atención de las mismas a corto y a largo plazo; B. la identificación precisa de los problemas que la Oficina aspira a solucionar mediante el adiestramiento; y C. efecto presupuestario de las actividades programadas. 10.3 EJECUCIÓN DE LOS PLANES DE ADIESTRAMIENTO La Oficina pondrá en vigor y evaluará las actividades del plan de adiestramiento, capacitación y desarrollo de su personal para satisfacer sus necesidades particulares; y las canalizará en actividades que las satisfagan.
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