Regl. 6870, art. 11-11.2
ESTRUCTURA DEL PLAN DE RETRIBUCIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 6870, Art. 11-11.2
El Plan de Retribución contendrá un número de escalas, cada una de las cuales
consistirá de un tipo mínimo, tipos intermedios y un tipo máximo. Se establecerá y
mantendrá al día la posición relativa de las clases de puestos mediante la
asignación de cada clase a una escala de retribución y las reasignaciones
subsiguientes que sean necesarias. La asignación de las clases de puestos a las
escalas de retribución se guiará por el objetivo de proveer equidad en la fijación de
sueldos.
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El (la) Coordinador(a) General podrá autorizar la concesión de sueldos
diferenciales cuando existan condiciones extraordinarias que justifiquen el uso de
incentivos adicionales al sueldo ordinario. El diferencial constituirá de una
compensación especial, adicional y separada del sueldo regular, que se eliminará
cuando desaparezcan las circunstancias que justificaron su concesión. También se
podrá autorizar el pago de sueldo diferencial después de un (a) empleado(a) haber
ocupado interinamente un puesto superior por un período de dos (2) meses 0 más
ininterrumpidos. Si el (la) empleado(a) ocupa el puesto interinamente por más de
dos (2) meses, el diferencial en sueldo se concederá a la fecha inicial en que se le
asignó. Se podrán otorgar diferenciales a los (as) empleados(as) del Servicio de
Confianza que ocupen un puesto de jerarquía superior interinamente por más de
dos (2) meses, en tal caso el diferencial será igual al aumento de retribución que
hubiere recibido el (la) empleado(a) de habérsele ascendido a ocupar el puesto en
el sueldo básico, 0 uno superior que determine El (la) Coordinador(a) General. Este
podrá relevar al (la) empleado (a) que ocupa el puesto interinamente en cualquier
momento en que así lo determine. En tales circunstancias el (la) empleado(a)
regresará a su puesto anterior con el sueldo que devengaba antes del interinato.
La retribución se regirá por un Plan de Retribución que permita compensar a los(as)
empleados(as) mediante salarios justos y razonables que contribuya a estimular el
uso máximo de las capacidades creativas y productivas, manteniendo un
tratamiento equitativo dentro de la capacidad fiscal del organismo gubernamental;
permitiendo reclutar y retener a los mejores prospectos en el servicio público ; y
propiciando y estimulando que los(las) empleados(as) se desempeñen de la forma
más efectiva conforme a su capacidad y potencial, su vocación y sus cualidades
generales de trabajo.
El Plan de Retribución tomará en cuenta los siguientes factores para lograr una
mayor equidad en su formulación:
2.
Complejidad de funciones;
3.
Naturaleza del trabajo;
4.
Grado de responsabilidad y discreción;
5.
Preparación y experiencia;
6.
Dificultad en el reclutamiento;
7.
Dificultad en la retención;
8.
Condiciones de trabajo y beneficios marginales;
9.
Costo de vida;
10.
Capacidad fiscal de la Oficina.
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