Regl. 6870, art. 16
DEFINICIONES
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Cite as Reglamento Núm. 6870, Art. 16
Los siguientes términos usados en este Reglamento tienen el significado que a
continuación expresa, a menos que de su contexto se desprenda otra cosa:
Adiestramiento de corta duración: Significa adiestramiento práctico O
estudios académicos que preparan al empleado para mejorar el
desempeño de sus funciones.
Agencia Excluida: Significa la oficina, organismo o programa cuyo personal
está excluido de la Ley de Personal del Servicio Público y se rige por una
reglamentación interna que incorpora las áreas esenciales al principio
de mérito.
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Alumbramiento: Es el acto mediante el cual la criatura concebida es
expedida del cuerpo materno por vía natural o es extraída legalmente de
este mediante procedimiento quirúrgico-obstétrico. Comprenderá
cualquier alumbramiento prematuro, malparto 0 aborto involuntario;
inclusive en este último, aquellos inducidos legalmente por médicos
facultativos que sufriere la madre en cualquier momento durante el
embarazo.
Año Natural: Es el período compuesto por doce (12) meses consecutivos
que comienza el 1ro. de enero y termina el 31 de diciembre próximo.
Áreas esenciales al principio de mérito: Significa la clasificación de
puestos; el reclutamiento y la selección; los ascensos, traslados y
descensos; y la retención.
Ascenso: Significa cambiar un (a) empleado (a) de un puesto en una clase
a un puesto en otra clase con funciones de nivel superior cuando ocurre
entre organismos gubernamentales con diferentes planes de
clasificación. Si es en el mismo organismo gubernamental 0 entre
organismos con un plan de clasificación uniforme, significa cambiar un
(a) empleado (a) de un puesto en una clase a un puesto en otra clase
para la cual se haya provisto un mínimo de retribución más alto.
Autoridad nominadora: Significa cualquier funcionario (a) con facultad legal
para hacer nombramientos para puestos.
Casos de desastre: Son las situaciones de emergencia causadas por
huracanes, tormentas, inundaciones, terremotos, incendios y otras
causas de fuerza mayor que requieren los servicios tales como los de la
Agencia Estatal Para el Manejo de Emergencias y Administración de
Desastes.
Cesantía: Significa imponerle a un (a) empleado (a) la separación del
servicio debido a la eliminación de su puesto por falta de trabajo 0
fondos; 0 a la determinación de su puesto por falta de trabajo O fondos;
0 a la determinación de que está física O mentalmente incapacitado
para desempeñar los deberes de su puesto.
Clase de puesto o clase: Significa un grupo de puestos cuyos deberes,
indole de trabajo, autoridad y responsabilidades son tan semejantes
que pueden razonablemente denominarse con el mismo título; exigirse
a sus incumbentes cualidades análogas y aplicarse la misma escala de
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retribución con equidad bajo condiciones de trabajo sustancialmente
iguales.
Clasificación de puestos: Significa agrupar puestos en clases similares
por sus deberes y responsabilidades para darle igual tratamiento en la
administración de personal.
Concepto de clase: Significa una exposición escrita y narrativa en forma
concisa y genérica sobre el contenido funcional en término de los
deberes y responsabilidades representativas de los puestos que
enmarca.
Descensos: Significa cambiar un (a) empleado (a) de un puesto en una
clase a un puesto en otra clase con funciones de nivel inferior, cuando
ocurre entre organismos gubernamentales con diferentes planes de
clasificación. Si ocurre en el mismo organismo o entre organismos con
un plan de clasificación uniforme, significa cambiar un (a) empleado (a)
de un puesto en una clase a un puesto en otra clase para la cual se
haya provisto un tipo mínimo de retribución más bajo.
Descripción de puestos: Significa una exposición escrita y narrativa sobre
deberes, autoridad y responsabilidad de un puesto específico y por los
cuales se responsabiliza al incumbente.
Destitución: Significa separar total y absolutamente del servicio a un (a)
empleado (a) como medida disciplinaria por justa causa.
Formulación de cargos: Significa el documento mediante el cual la
autoridad nominadora hará saber a un (a) empleado (a) las violaciones
incurridas respecto a las normas de productividad, eficiencia, orden,
disciplina u otras, que deben prevalecer en el servicio público.
Gobernador: Significa el Gobernador 0 la Gobernadora del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico o el (la) funcionario (a) en el cual el
delegue los asuntos de administración.
Gobierno: Significa el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto
Rico y sus organismos gubernamentales, según definidas en este
reglamento.
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Grupo ocupacional o profesional: Significa un agrupamiento de
clases y serie de clases que describe puestos comprendidos en el
mismo ramo 0 actividad de trabajo.
Incapacidad: Significa un impedimento físico o mental que limite
sustancialmente una o más de las actividades vitales principales; 0
un récord de tal impedimento; 0 cuando se considere que el
individuo tiene tal impedimento.
Institución: Significa cualquier organización u organismo, público o
privado, que ofrezca cursos de estudio o adiestramientos prácticos,
académicos, técnicos o especializados.
Instituto: Significa el Instituto para el Desarrollo de Personal en el
Servicio Público, adscrito a la Oficina Central de Asesoramiento
Laboral y Asesoramiento de Recursos Humanos (OCALARH).
Ley: Significa la Ley Núm. 1 de 1 de marzo de2001, según
enmendada.
Licencia con sueldo para estudios: Significa la licencia especial,
con sueldo, que se concede a los empleados con el fin de ampliar su
preparación académica, profesional o técnica para mejorar el servicio
que prestan.
Nombramiento: Significa las designación oficial de una persona para
llevar a cabo unas funciones determinadas.
Organismo gubernamental: Significa el conjunto de funciones,
cargos y puestos que constituyen toda la jurisdicción de una
autoridad nominadora, independientemente de que se le denomine
departamento, municipio, corporación pública 0 cuasi pública, oficina,
administración, comisión, junta tribunal o de cualquier otra forma.
Pago de matrícula: Significa pagar total 0 parcialmente los derechos
de asistencia a cursos universitarios 0 especiales.
Plan de clasificación: Significa el sistema con el que se estudian,
analizan y ordenan sistemáticamente los diferentes puestos que
integran una organización formando clases y series de clases.
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Puestos: Significa un conjunto de deberes y responsabilidades
asignadas O delegadas por la autoridad nominadora, que requieren
emplear a una persona durante la jornada completa de trabajo 0
durante una jornada parcial.
Reclasificación: Significa clasificar un puesto clasificado previamente.
La reclasificación puede ser inferior, igual 0 superior.
Reglamento: Significa el Reglamento para la Administración de
Recursos Humanos de la Oficina para el Financiamiento Socio-
Económico y la Autogestión.
Registro de elegibles: Significa una lista de nombres de personas
cualificadas para ser consideradas para nombramiento en una clase
determinada.
Reingreso: Significa la inclusión en un registro, para ser certificado
para empleo, del nombre de un (a) empleado (a) regular de carrera,
que renunció a su puesto o fue cesanteado (a), y es acreedor (a) a
mantener su elegibilidad para la clase o clases de puestos en las que
sirvió como empleado (a) regular, u otras similares que envuelvan el
mismo nivel de trabajo.
Renuncia: Significa la separación total, absoluta y voluntaria de un
(a) empleado (a) de su puesto.
Serie de clases o serie: Significa una agrupación de clases que
refleja los distintos niveles jerárquicos de trabajo existentes.
Sistema de retiro: Significa la Administración de los Sistemas de
Retiro de los Empleados del Gobierno y de la Judicatura.
Suspensión de empleo y sueldo: Significa imponerle a un (a)
empleado (a) la separación temporal del servicio como medida
disciplinaria por justa causa.
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Traslado: Significa cambiar un (a) empleado (a) de un puesto a otro
en la misma clase O a un puesto en otra clase con funciones de nivel
similar, cuando ocurre entre organismos gubernamentales con
diferentes planes de clasificación. Si ocurre en el mismo organismo
O entre organismos con un plan de clasificación uniforme, significa
cambiar un (a) empleado (a) de un puesto a otro en la misma clase O
a un puesto en otra clase para la cual se haya provisto el mismo tipo
de retribución.