Regl. 6870, art. 6-6.9 dup2
POSICION RELATIVA DE LAS CLASES
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Cite as Reglamento Núm. 6870, Art. 6-6.9 dup2
El (la) Coordinador(a) General de la Oficina determinará la jerarquía o posición
relativa entre las clases de puestos comprendidas en el Plan de Clasificación, a los
fines de asignar éstas a las escalas de retribución y para establecer concordancia
para ascensos, traslados y descensos entre jurisdicciones que se rijan por planes
de clasificación diferentes.
La determinación de posición relativa es el proceso mediante el cual se ubica cada
clase de puesto en la escala de valores de la organización en términos de factores,
tales como la naturaleza y complejidad de las funciones, y el grado de autoridad y
responsabilidad que se ejerce y se recibe. Los procesos para establecer la
jerarquía de las clases deberán ser objetivos en la medida máxima posible. Se
tendrá en cuenta que se trata de ubicar funciones, independientemente de las
personas que las realizan o han de realizarlas.
Las decisiones se harán sobre bases objetivas, en lo posible. Se tomará en cuenta
aquellos elementos de las funciones que tiendan a diferenciar la posición relativa a
unas clases en comparación con otras. La ponderación de estos elementos deberá
conducir a un patrón de clases que permita calibrar las diferencias en salarios y
otras diferencias. De la misma manera deberá facilitar la comparación objetiva
entre distintos planes de clasificación a los fines de identificar y determinar la
movilidad interagencial de los (las) empleados(as), sea ésta en forma de ascensos,
traslados 0 descensos.
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