Regl. 6876, art. 1

Reglamento sobre Concesión de Préstamos. ENMEDNADO 8163

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Cite as Reglamento Núm. 6876, Art. 1

BASE LEGAL De conformidad con lo dispuesto en los incisos (a) e (i) del Artículo 4 de la Ley Núm. 103 del 11 de agosto de 2001, según enmendada, y con el Artículo 10 de la Ley Núm. 146 del 30 de junio de 1961, según enmendada, se adopta el presente reglamento para regir la concesión de préstamos por la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico a familias de recursos económicos bajos o moderados. Los préstamos serán utilizados para la adquisición, construcción, mejoras y refinanciamiento de viviendas. Con la aprobación de este Reglamento, se deroga el Reglamento sobre la Concesión de Préstamos, Reg. Núm. 3950, y los Reglamentos Número 6297, 5810, 4874, 4705, 4600, 4390, y 4264, aprobados por el Banco y Agencia para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico.
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