Regl. 2742, art. 16-3

Uso de la Cala Mecánica

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Cite as Reglamento Núm. 2742, Art. 16-3

La cala mecánica consiste de un tubo que perfora la caña entregada de tal manera que el contenido dentro del tubo resulta ser una muestra representativa de toda la entrega y que es expelida dentro de un desintegrador que mezcla homogéneamente la muestra así obtenida. De la muestra así desintegrada se obtiene una 2 - submuestra para ser analizada. Esta se conserva en un congelador a una temperatura no más alta de -10° Farenheit (-23° centígrados) hasta el momento de análisis. Las muestras de caña así obtenidas se analizan para Brix, Pol y Fibra porciento de caña. El rendimiento se calcula de acuerdo con la fórmula: R = F /S-0.3 (B+0.1 fc)] donde R = rendimiento 96° porciento de caña S = Pol % caña B = Brix % caña fc = porcentaje de fibra en caña F = factor calculado usando los valores obtenidos durante el período de liquidación ponderados a base del peso neto de caña y substituidos en el lado derecho de la siguiente ecuación F = R S-0.3 (B+0.1 fc) Disponiéndose, que la muestra de caña debe tomarse inmediatamente antes O inmediatamente después de pesar la caña; y disponiéndose, además, que no se harán determinaciones de materia extraña. Se considerará que es una muestra representativa de la caña en la unidad de entrega aquella extraída por el tubo de la cala mecánica mediante perforación vertical, horizontal O diagonal. La muestra así obtenida debe fluctuar entre 25 y 40 libras de caña.
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