Regl. 6890, art. 10
ACEPTACIÓN DEL SERVICIO DE MEDIACIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 6890, Art. 10
El consentimiento de las partes para participar en el proceso de mediación y por
consiguiente su aceptación del servicio deberá ser consignado mediante la lectura y firma
del formulario de Aceptación del Servicio de Mediación. Si una de las partes es menor de
edad o carece de capacidad legal plena, O si una de las partes es una corporación, dicho
formulario deberá contener la firma de cualquier persona que habrá de participar en el
proceso en carácter de encargada, tutora O representante de dicha parte.