Regl. 6890, art. 28

ADIESTRAMIENTO DE LOS MEDIADORES

Length: 77 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6890, Art. 28

Los mediadores que utilizará la Oficina deberán haber completado, al menos, un adiestramien:o de cuarenta (40) horas a cargo de adiestradores certificados por el Tribunal Supremo de Puerto Rico. El adiestramiento incluirá dinámicas y juego de roles de asuntos que puedan : urgir en mediaciones sobre el campo de seguros. Los mediadores deberán obtener por o menos diez (10) horas de educación continua en métodos alternos de resolución de conflictos en un período de dos (2) años.
Regl. 6890, art. 28: ADIESTRAMIENTO DE LOS MEDIADORES | Justis AI