Regl. 6901, art. 4-2
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Cite as Reglamento Núm. 6901, Art. 4-2
Esta Enmienda se promulga en virtud de la autoridad
conferida por las siguientes leyes:
1. Ley Núm. 4 de 11 de octubre de 1985, según
enmendada, que crea la Oficina del Comisionado
de Instituciones Financieras de Puerto Rico;
2. Las Secciones 1169 y 6130 de la Ley Núm.
120 de 31 de octubre de 1994, según enmendada,
conocida como el "Código de Rentas Internas de
Puerto Rico de 1994", y;
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3. Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988,
según enmendada, conocida como la Ley de
Procedimiento Administrativo Uniforme del