Regl. 6901, art. 4-2

BASE LEGAL.

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Cite as Reglamento Núm. 6901, Art. 4-2

Esta Enmienda se promulga en virtud de la autoridad conferida por las siguientes leyes: 1. Ley Núm. 4 de 11 de octubre de 1985, según enmendada, que crea la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras de Puerto Rico; 2. Las Secciones 1169 y 6130 de la Ley Núm. 120 de 31 de octubre de 1994, según enmendada, conocida como el "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994", y; 1 3. Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del
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