Regl. 6901, art. 4-3
PROPOSITO Y ALCANCE DEL REGLAMENTO.
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Cite as Reglamento Núm. 6901, Art. 4-3
Esta Enmienda tiene como propósito el permitir, con
la previa aprobación del Comisionado, que los
Fiduciarios de Cuentas de Retiro Individual puedan
tomar prestado ("leverage") hasta un veinticinco por
ciento (25%) del total de activos en cartera
poseídos por el Fiduciario. También se enmienda el
Reglamento 5766 para implementar las enmiendas
efectuadas por la Ley Núm. 13 de 9 de enero de 1999
en lo que respecta al cumplimiento de los requisitos
de inversión establecidos por la Sección 1169 del
Código de Rentas Interna de Puerto Rico".