Regl. 6909, art. 14
DOCUMENTOS INACTIVOS Y TRASLADOS
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Cite as Reglamento Núm. 6909, Art. 14
A.
Los expedientes de personal que se consideren inactivos pasarán a
la sección de Documentos Inactivos del Archivo de ACAA Central y
se conservarán en éste hasta pasados seis (6) años 0 dos (2)
intervenciones del Contralor, cual sea mayor, después del
empleado separarse del servicio activo, excepto en casos de
muerte que se conservarán hasta pasados tres (3) años 0 dos (2)
intervenciones del Contralor, cual sea mayor, después de la fecha
de muerte.
B.
Los expedientes de lesionados que se consideren inactivos pasarán
a la sección de Documentos Inactivos del Archivo de ACAA Central
y se conservarán en original micropelÃculas por un perÃodo de 21
años desde la fecha en que se crearon.