Regl. 6909, art. 17

ARCHIVO CONFIDENCIAL

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Cite as Reglamento Núm. 6909, Art. 17

Los expedientes confidenciales activos se mantendrán separados en el Archivo Activo Confidencial y los expedientes confidenciales inactivos se mantendrán en el Archivo Inactivo Confidencial de acuerdo con los criterios que establezca el Director Ejecutivo. Reglamento para la Administración del Programa de Conservación, Manejo y Disposición de Documentos de ACAA Página 17
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