Regl. 6909, art. 31
PROCEDIMIENTO
Length: 207 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6909, Art. 31
El Administrador de Documentos de ACAA preparará anualmente listas
sobre disposición de documentos y/o expedientes bajo su custodia, utilizando el
formulario ASG-PCDD-2 Lista de Disposición de Documentos de la Administración
de Servicios Generales, según lo requiere la Ley número 5 del 8 de diciembre de
Reglamento para la Administración del Programa de Conservación, Manejo
y Disposición de Documentos de ACAA
Página 24
1955, según enmendada. Dichas listas deben incluir, por lo menos, la siguiente
información:
1.
TÃtulo
2.
Identificación
3.
Tiempo durante el cual debe retenerse el documento
4.
Fecha y volumen de los documentos
Estas listas se someterán a la Administración de Servicios Generales en
original y tres copias, en donde las analizarán y someterán al Archivero General
de Puerto Rico quien informará qué documentos, si alguno, desea retener y que
se les envÃen, cuando ellos asà lo soliciten. La Administración de Servicios
Generales remitirá a la ACAA una copia aprobada de cada lista de disposición,
indicando los documentos que pueden ser destruidos y cuáles enviar al Archivo
General de Puerto Rico cuando sean solicitados. La ACAA dispondrá de los
documentos autorizados por el Administrador de Servicios Generales de acuerdo
con el Reglamento del Programa de Conservación y Disposición de Documentos
Públicos.
CapÃtulo VIII
Disposiciones Generales