Regl. 6909, art. 6
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Cite as Reglamento Núm. 6909, Art. 6
Se mantendrán en los archivos de la Administración de Compensaciones
por Accidentes de Automóviles y en los de cualquier otra oficina, departamento 0
división de la Agencia todos los documentos que sean necesarios para la
tramitación de sus asuntos.