Regl. 6914, art. 14-14.6 dup2
REGLAMENTACIÓN INTERNA SOBRE LA JORNADA DE
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Cite as Reglamento Núm. 6914, Art. 14-14.6 dup2
TRABAJO Y ASISTENCIA
El Director(a) de la Oficina de Control de Drogas adoptará reglamentación
interna, por escrito, que no esté en conflicto con la Ley, ni este Reglamento,
estableciendo normas para regir, entre otros aspectos, lo siguiente:
1. La jornada regular semanal y diaria aplicable a los empleados,
inclusive las disposiciones necesarias sobre el horario flexible si lo
hubiere, turnos rotativos y jornada parcial.
2. Método de registro de asistencia y formularios para mantener récords
apropiados sobre asistencia.
3. Medidas de control de asistencia.
4. Sanciones disciplinarias específicas a que están sujetos los
empleados que violen dicha normas y procedimientos de aplicación.